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Comisión de RegidoresLas Comisiones de Regidores son los órganos consultivos y deliberantes, con capacidad de fiscalizar, ejecutar y observar los dictámenes y proyectos que juzguen convenientemente en las áreas de su responsabilidad, de servicios públicos y de la gestión municipal. Son atribuciones de los Regidores del Concejo de la Municipalidad Distrital de Crucero, las señaladas en el Artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades. El Concejo Municipal conformará Comisiones de Regidores necesarias para la solución de su problemática. Las Comisiones se abocaran al diagnóstico y planteamiento de alternativas de solución, su composición, número de comisiones y funcionamiento de las mismas se adoptará por acuerdo Resolutivo del Concejo Municipal y estará comprendidas en su Reglamento Interno de Organización correspondiente. Corresponde a la comisión de regidores: a) Elaborar, actualizar y revisar las políticas generales de la gestión municipal en el ámbito de su competencia y proponer las normas o procedimientos administrativos necesarios de ser implementados, al Concejo ó a la Alcaldía. b) Dictaminar los proyectos de ordenanzas, acuerdos y resoluciones que se pongan a su consideración. c) Dictaminar sobre los pedidos de los Regidores. d) Dictaminar sobre las iniciativas de las juntas de vecinos y otros organismos vecinales. e) Informar al Concejo Municipal, respecto a las acciones desarrolladas o problemática observada en los trabajos de Comisión. f) Las demás previstas en el Reglamento Interno de Concejo. |
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